Usted puede ahorrar más dinero si entiende los conceptos más importantes sobre los impuestos.
Entre más sepa, mejor preparado estará para hacerle preguntas clave a su contador sobre impuestos y asuntos financieros que le ayuden a ahorrar dinero.
Tenga presente que ésta no es una guía de preparación de impuestos. La situación tributaria de cada pequeña empresa es diferente, y las leyes tributarias cambian todos los años.
Esta sección ofrece una apreciación global general de los impuestos federales a la renta para las pequeñas empresas. Estados Unidos usa un sistema de impuesto gradual, lo que significa que entre más dinero gane, más impuestos deberá pagar.
Cada compra que realice, que sea un gasto legítimo de su empresa, quizás sea deducible de impuestos. Esto incluye incluso las compras más pequeñas, como bolígrafos y papel.
También incluye compras más grandes, como edificios de oficinas y automóviles pertenecientes a la compañía. Al entender qué deducciones comerciales se permiten; y al hacer seguimiento de las compras aparentemente pequeñas, usted podría reducir impuestos.
El Código Fiscal le permite deducir todos los gastos "corrientes y necesarios" de operar su negocio. Estas deducciones varían de un negocio a otro. Según el IRS, cualquier deducción de pequeña empresa que reclame en su retorno de impuestos tiene que ser corriente y necesaria.
El IRS interpreta "corriente y necesario" como razonable (una estrategia rutinaria para generar un negocio) y usual (la práctica típica para su línea de negocios).
Antes de reclamar las deducciones para pequeños negocios, hágase dos preguntas claves:
•¿Las deducciones que deseo realizar son gastos necesarios para realizar mis negocios? Es
decir, ¿Cómo ayudarán a aumentar los ingresos de mi empresa?
•¿Las deducciones que deseo realizar son comunes en mi línea de negocios?
Haga click aquí para una consulta con nuestro asesor de impuestos
JOSE PEREZ para ver si hay deducciones adicionales que pueda utilizar.
Servicio a Pequeños Negocios
Servicio a Pequeños Negocios
FORMALIZACIÓN DE NEGOCIOS
¿Tu negocio está creciendo y/o estas preocupado por formalizarte para proteger tus bienes personales?
Tal vez sea tiempo de incorporarte y someter al estado todo el papeleo necesario para que tu negocio este registrado y en el caso de alguna demanda, dificultad económica o algún otro problema en tu negocio, tú y tus bienes personales estén protegidos de cualquier responsabilidad financiera.
Para esto, existen varias formas legales en las que podrías convertir tu negocio y que éste, sea una entidad independiente a ti:
- Sociedad General (General Partnership)
- Sociedad Limitada (Limited Partnership)
- Compañía de Responsabilidad Limitada (Limited Liability Company) LLC
- Corporación C (C Corporation)
- Corporación S (S Corporation)
Te ayudaremos a elegir la más conveniente para ti y te haremos todo el proceso de registro con el Estado de California e IRS, cada año presentaremos por ti la preparación de impuestos de tu negocio y adicionalmente podríamos llevarte la contabilidad y nómina de tu negocio (bookkeeping and payroll).
Pago Mínimo Para Negocios Incorporados
Pago Mínimo Para Negocios Incorporados
Si has registrado tu negocio en la Secretaria del Estado (Secretary of State) de California ya sea como corporación o empresa de responsabilidad limitada (LLC), deberás pagar un impuesto mínimo al Franchise Tax Board (FTB) de $800.00 Ademas de un impuesto minimo, exite una cuota anual y ésta aumentará de acuerdo al ingreso bruto anual de tu empresa. La cuota anual aumenta de la siguiente manera:
Cuota anual:
$900.00
$2,500.00
$6,000.00
$11,790.00
Ingreso Bruto:
$250,000.00 ó mas, pero menos de $500,000.00
$500,000.00 ó más, pero menos de $1,000,000.00
$1,000,000.00 ó más, pero menos de $5,000,000.00
$5,000,000.00 ó más
Deducción QBI es:
deducción de 20% del ingreso neto de negocio a sus ingresos totales
Deducción QBI es:
deducción de 20% del ingreso neto de negocio a sus ingresos totales
Para el 2022, la deducción es completa si el ingreso imponible (taxable income) está por debajo de:
$340,100.00
para Casado Presentando en Conjunto (MFJ)
$170,050.00
para Solteros (S)
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